martes, 15 de septiembre de 2020

Amir Nassar: ¿Es legal en Venezuela que un menor de edad maneje una moto?

 


Por Amir Nassar Tayupe

Durante las últimas décadas, en Venezuela se ha hecho común el tránsito excesivo de motocicletas, de hecho: avenidas, autopistas, calles, pueblos, granjas y demás, están abarrotadas de este tipo de vehículo, en diferentes modelos y estilos, conducidos en muchas oportunidades por menores de edad. Sin embargo, ¿es legal en Venezuela que un menor de edad maneje una moto?

La respuesta a esta particular interrogante es que no es legal, bajo ninguna circunstancia y sin importar la excusa. Las leyes en estos aspectos son claras, tanto así que, en nuestro país se permite sí y solo sí, un tipo de licencia a los adolescentes mayores de 16 años.

Dicha documentación, es para el tercer grado y para optarla se requiere autorización de sus padres, o representante legal, la cual debe ser emitida ante un notario público –teniendo en cuenta que estamos en pandemia y las notarías no están del todo operativas, realizar este trámite se hace más complejo-. Ahora bien, queda claro que es un “permiso” para mayores de 16 años.

¿Tienen alguna restricción? 


ü  Si, totalmente, la licencia especial tiene sus limitaciones, entre ellas se especifica que solo les permite circular en horarios plenamente establecidos: desde las 5:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche. Aunque, para el desplazamiento después de las 5:00 de la tarde, deberán hacerlo acompañados de una persona mayor de edad.

 ü  Asimismo, está prohibida la circulación en autopistas interurbanas ni carreteras nacionales a ninguna hora.

Es evidente, que esta licencia solo es permitida para conducir automóviles, no motocicletas, porque no está establecido en ninguna legislación venezolana. Por lo tanto, todo ciudadano está en el derecho de denunciar un hecho como este, y a su vez los padres son los mayores responsables de mantener un control adecuado en cuanto a las libertades que otorgan a sus hijos.

Nadie puede violar la norma –y quien lo hace- deberá responder tanto civil como penalmente, porque como la propia Legislación lo establece, “la ignorancia de la Ley, no lo exime de su cumplimiento”.

Así pues, queda en máxima evidencia que los menores de 16 años, bajo ninguna circunstancia pueden conducir ningún tipo de vehículo automotor.

¿Y si un menor en moto ocasiona un accidente?

Como siempre, la responsabilidad en caso de accidentes de estos menores, solo recae en los padres, o representantes legales.

Entonces, la recomendación es directamente para los padres, en función de que sean vigilantes de las actuaciones de sus hijos y/o representados, tanto para que no incumplan las leyes, como para protegerlos de algún accidente de tránsito.

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