martes, 18 de agosto de 2020

Amir Nassar: ¿Conoces el porcentaje de sucesiones que corresponde a cada familiar?

 

Por Amir Nassar Tayupe

En la entrega anterior hablamos sobre lo que es la herencia, las sucesiones, cuáles son los tipos de sucesiones en Venezuela, el orden para suceder y quienes tienen o no tienen derecho a recibir cualquier propiedad o bien que el difunto haya dejado, todo esto según lo dicta el Código Civil venezolano vigente.

En esta oportunidad explicaremos cuáles son los porcentajes sucesorales que corresponden según el parentesco que se tenga con el fallecido, ya que esta información es de vital importancia en el momento de la transmisión de derechos, obligaciones y relaciones legales.

Entonces, recordemos que si hay testamento, se debe hacer lo que indica este y repartir los bienes, derechos y obligaciones tal y como el fallecido disponga. Cualquier testamento debe respetar la legítima, la porción de bienes que el testador tiene que reservar por ley a los herederos forzosos.

Según el artículo 807 del Código Civil, estos herederos son:

Ø  Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

Ø  A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

Ø  El viudo o la viuda en la forma y medida que establece este código.

En el caso de no existir testamento, que suele ser lo más habitual, es la ley quien define a los herederos y la porción de la herencia que corresponde a cada uno, algo que se conoce como sucesión intestada. La herencia no es de recibo obligado, y puede aceptarse o no durante un plazo de 30 días.

En el caso de haber herederos forzosos y sin testamento, la herencia se debe dividir en tres partes iguales:

Primero: La Legítima, que se reparte a partes iguales entre hijos y descendientes a partes iguales. Los de grado más cercano inhabilitan la herencia de los de grado más lejano, por ejemplo: un hijo heredará y un nieto no lo hará, pero, en caso de que el hijo esté muerto, será el nieto el que herede.

Segundo: La Mejora, que se reparte entre hijos y descendientes, pero no a partes iguales necesariamente, sino para mejorar lo recibido por uno o varios de los herederos forzosos.

Tercero: El Tercio de libre disposición, donde el testador podrá dejárselo a otra persona, ya sea familiar o no.

En el caso de la pareja viuda, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora, además de recibir el ajuar doméstico de la vivienda común y el derecho de uso de la vivienda, en el caso de estar casado en gananciales, pero si concurriera con otros parientes del fallecido, la viuda tendría derecho a la mitad de la herencia. En el caso de no existir ascendientes ni descendientes, tendría pleno dominio de todos los bienes del cónyuge fallecido.

La Legítima de divide de la siguiente manera:

En este caso, se imputarán al cónyuge sobre su legítima, además de todo lo que se le haya dejado por testamento, todo cuanto haya adquirido por las capitulaciones matrimoniales y por donación, y a los demás legitimarios, todo cuanto hayan recibido en vida del de cujus o por testamento del mismo, y que esté sujeto a colación.

Ø  En el caso de los descendientes, la Legítima estricta es el 1/3 que ha de repartirse en partes iguales a los herederos forzosos.

 Ø  Es importante resaltar que los descendientes del indigno tendrán siempre derecho a la Legítima que le corresponderá al excluido, según lo dispone el artículo 842º de nuestro Código Civil.

 El testamento se presenta como un acto jurídico unilateral, personalísimo, solemne, y revocable por el cual el individuo dispone para después de su muerte del destino de su patrimonio, así como de otros aspectos de orden extrapatrimonial. Es el instrumento por el cual se plasma la voluntad del testador en los términos por él dispuestos para hacerse efectiva a su fallecimiento.

Lo dispuesto en los testamentos debe ser respetado siempre, por ser la última voluntad de la persona. Son muchos los casos en el cual los herederos manifiestan inconformidad, desacuerdos e incluso enemistades familiares; cuando lo realmente valioso ya ha partido.

El tema de sucesiones, es complejo, largo y a la vez minucioso, si tiene dudas sobre el procedimiento, consulte con un profesional del derecho, en materia de sucesiones. Si no hay testamento y los herederos no están de acuerdo, también busque asesoría, que una herencia nunca se convierta en motivos de disputas.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Noticias Destacadas

Amir Nassar: El Homicidio, sus clasificaciones y penas en Venezuela

Por Amir Nassar Tayupe  Uno de los peores crímenes cometidos en el mundo es el homicidio , ya que va contra las leyes del hombre y las ley...