Por Amir Nassar
Tayupe
Actualmente, en la sociedad se cometen diversos delitos, resaltando el homicidio entre los más graves, el cual está definido jurídicamente como un delito que consiste en una acción u omisión contra el bien jurídico de la vida de una persona física, ya sea con o sin intención.
Este
acto es por lo menos reprochable y atenta contra toda legislación universal, desde todo punto de vista jurídico está
tipificado en el Código Penal
vigente, quien lo ejecute se considera generalmente culpable, con excepciones
como en casos de inimputabilidad, o sea no culpable pero sí penalmente
responsable, lo que entra en los diferentes tipos de homicidio que existen.
Conociendo los tipos de homicidios:
- Simple: Se
comete a falta de las cuatro agravantes, que son premeditación, alevosía,
ventaja y traición, incluso podría decirse en defensa propia.
- Calificado:
Está constituido por la muerte que una persona causa a otra, de manera
intencional, realizado bajo ciertas circunstancias específicas, relacionadas
con el medio empleado o el modo de perpetración, mejor conocido como “asesinato”.
- Doloso: Se
caracteriza porque el criminal busca intencionadamente el resultado de muerte
de la víctima, igualmente cuando lleva a cabo una acción a sabiendas de que con
ello puede provocar la muerte de personas, y asume ese posible resultado a
pesar de que la acción tenga otra finalidad.
- Involuntario: Consiste en causar la muerte a una persona física por una acción negligente; en otras palabras, el asesino en un principio no quería matar a la víctima. También es llamado homicidio negligente o culposo.
- Preterintencional: Es
cuando se desbordan las intenciones del causante, en las que primitivamente se
quiso dañar, pero que desafortunadamente resultó matando a una persona. Se ha
afirmado que es un punto medio entre el dolo y la culpa; dolo frente a la
acción y culpa frente al resultado.
- Culposo: Se
refiere a una acción u omisión no intencional que provoca la muerte a una
persona; es decir, es un daño realizado sin tener una intención maliciosa de
cometer un perjuicio a otro.
Todos,
en su diferentes modalidades representan un delito contra las personas, contra la integridad y por ende contra
la vida; también uno de los más antiguos del mundo. En Venezuela el Código Penal
vigente establece tanto las penas como las definiciones, posibles atenuante - y
agravantes -.
¿Qué pasa si el homicidio se da en
contra un niño, niña y adolescente?
Existen
diferentes situaciones o involucrados, que por supuesto se rigen a través de la
Carta Magna: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual
establece como principal norma salvaguardar la vida de todos. Sin embargo, hay
casos particulares de delitos contra menores, por ejemplo, así como los
ejecutados en contra de la mujer.
Para
ello, existen las leyes especiales: Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y
Adolescente (Lopnna) y la Ley
Orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
¿Homicidio o Asesinato?
La legislación venezolana se refiere al homicidio, no establece el término de asesinato, por lo que la primera opción es la correcta.
Para
el año 2019, el Observatorio Venezolano de la Seguridad, publicó que el país se
mantiene como uno de los que registra mayor número de muertes violentas en la
región y en el mundo. Con un estimado de al menos 16 mil 506 fallecidos y
una tasa de 60,3 muertes violentas por cada cien mil habitantes, muy por encima
de cualquiera de los otros países considerados violentos en América Latina.
La pena
En Venezuela, con el objeto de respetar
fehacientemente los derechos humanos
establece como pena máxima treinta
(30) años. Sin ser acumulables, sin prescripción para el caso de homicidios.
Así que nunca es tarde para hallar al culpable.
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