jueves, 31 de diciembre de 2020

Amir Nassar: ¡Feliz Año Nuevo de organización y buenas acciones!

 


Por Amir Nassar Tayupe

Finaliza el 2020, un año que nos sorprendió con la cantidad y los tipos de cambios que tuvimos que hacer por nuestro bienestar y el de quienes nos rodean. De esta experiencia podemos valorar la gracia de vivir día a día, la salud que debemos cuidar y conservar para el próximo año.

Desde esta perspectiva es necesario analizar cada circunstancia por la que atravesamos en los últimos tiempos, esto nos permitirá organizar y colocar en una balanza los resultados de cada acción y sus consecuencias, tanto buenas como las que no lo fueron tanto.

A partir de las conclusiones de dicho ejercicio, entonces podremos poner en orden muchas cosas, establecer prioridades, y tomar decisiones que nos ayuden a actuar de mejor manera frente a los obstáculos que se nos puedan presentar en el 2021, siempre con la mirada en un mejor futuro.

Además, no podemos olvidar que a pesar de que el mayor aprendizaje de esta situación es no planificar tanto, si podemos conservar el hábito se hacer las cosas bien, como lo dicta la ley para ser buenos ciudadanos y evitar inconvenientes innecesarios.

Una persona responsable de sus actos siempre será un buen ejemplo para la sociedad, y está en nuestras manos lograr que el mundo mejore, sobre todo bajo las adversidades, ya que son los momentos en los que más humanos debemos ser. 

Por otra parte, mantengamos viva la esperanza, es el motor de todas las buenas acciones, y nos mantendrá firmes en nuestros propósitos y la fe en que el próximo año será mucho mejor que este que está en sus últimas horas.

Solo me queda desearles un venturoso y Feliz Año Nuevo, rodeados del amor de su familia, con la convicción de que con esfuerzo y empeño en todo lo que hagamos en el 2021 tendrá su recompensa, entre triunfos y metas alcanzadas.

 



jueves, 24 de diciembre de 2020

Amir Nassar: Descanso legal durante la Navidad


Amir Nassar Tayupe

Como parte de la libertad de pensamiento y culto al que todo ser humano tiene derecho, la navidad es un tiempo de celebración para los católicos, ya que se rinde homenaje al nacimiento de Jesús, hijo de María y José, ocurrido en Belén, específicamente el día 25 de diciembre de hace 2020 años, según la tradición de la iglesia.

En la mayoría de los países del mundo, los últimos 15 días del mes de diciembre se otorgan como libres para los trabajadores – según el sector de producción – ya que está establecido en la ley, con algunas diferencias de carácter regional, es decir, que cada país tiene su ordenanza para el caso, signado por su cultura.

Sectores dirigidos a la alimentación, atención médica, prensa y comunicaciones, transporte público, disfrute y distracción, tienen ciertas restricciones a la hora de tomar los días libres, sin embargo, puntualmente las fechas del 25 de diciembre y 01 de enero no son laborables, mientras que el resto de los días, pueden tomarlos mediante una coordinación interna que permita seguir ofreciendo los servicios sin interrupciones.

Esto se refiere a la parte legal de la Navidad, pero en la parte cultural, esta es una época para el descanso y regocijo de la familia, sobre todo este año que ha sido tan duro para todos con respecto al distanciamiento social, ya que nos obligó a permanecer alejados de nuestros seres queridos.

La Navidad es propicia para compartir con familiares y amigos, por muchos, esta es considerada como la época más bonita del año, en Venezuela la gente tiene ánimos fiesteros, organizan reuniones para celebrar y para cumplir con la mayor de las tradiciones que es la realización de las hallacas.

Por otra parte, la espera de la llegada del niño Jesús, representa la tradición más importante, ya que los más pequeños de la casa esperan con ansias la entrega de regalos – generalmente juguetes – que le pidieron a través de una carta, como recompensa por su buen comportamiento durante todo el año.

En conclusión, legal y culturalmente la Navidad es para disfrutar, relajarnos y descansar para repotenciarnos, con miras a comenzar un próximo año en el que debemos cumplir con nuestras obligaciones y entregar lo mejor de nosotros.


 

 

 

 


 

jueves, 10 de diciembre de 2020

Amir Nassar: ¿Estudias derecho? Debes leer estos libros


Por Amir Nassar Tayupe

El derecho es una carrera exigente así como es apasionante. Es cierto que para aprobar y lograr ser un buen abogado hay que estudiar mucho, pero también es necesario leer algunos libros que son básicos para entender todo lo que contempla.

Si eres estudiante de derecho, deberías leer estos libros que a continuación te recomendaré:

 1.- El Príncipe (1532). Fue escrito por Nicolás Maquiavelo, y habla principalmente sobre teoría política. Fue dedicado a Lorenzo II de Médici, duque de Urbino, en respuesta la acusación de haber conspirado en contra de dicha familia. Por esta obra se acuñó el sustantivo maquiavelismo y el adjetivo maquiavélico.

2.- El proceso (1925). Su autor es Franz Kafka, y en el relato se desarrolla la historia de Josef K, quien fue arrestado por una razón desconocida, y por lo que debe defenderse, sin saber qué es y con argumentos aún menos concretos. Esto solo le sirve para encontrar un clima de inaccesibilidad a la “justicia” y a la “ley”.

3.- 1984 (1949). Escrito por George Orwel, habla sobre Winston Smith, trabajador del Ministerio de la Verdad, quien abre los ojos ante la verdad de su trabajo, que consiste en retocar la historia, siendo parte de la gran farsa en la que se basa su Gobierno. Además, en medio de todo el proceso, encuentra el amor de una joven rebelde llamada Julia.

4.- Crimen y castigo (1866). Su autor es Fiodor Dostoyevski, esta obra gira a Rodión Raskólnikov, quien es un estudiante que apenas tiene para sobrevivir. Cuando su hermana pretende casarse con un abogado, por interés, se molesta y se le ocurre la idea de  matar y robar a una señora mayor, usurera despiadada que guarda mucho dinero en su casa.

5.- El mercader de Venecia (1594). El gran William Shakespeare escribió sobre un noble pero pobre, llamado Bassanio, quien le pide una gran cantidad de dinero a su mejor amigo millonario, para enamorar a una rica heredera. Su amigo, a su vez le pide dinero a un judío que le pone la condición de pagarle en una fecha, de lo contrario deberá pagar con una libra de su propia carne, de la parte del cuerpo que disponga el judío. Al no ser pagada la deuda, se genera un juicio donde la rica heredera se disfraza de abogada. 

6.- A sangre fría (1966). Truman Capote es el autor de esta obra donde narra el brutal asesinato de los cuatro miembros de una familia de Kansas, en la localidad de Holcomb, en 1959. La sociedad norteamericana encaró un crimen que sugería que cualquiera podía morir asesinado en cualquier momento, por su puesto llenos de desesperación, angustia, miedo y desconfianza.

7.- El informe pelícano (1992). Escrito por John Grisham, donde se habla de Darby Shaw, una joven y talentoso estudiante de derecho, que intenta resolver el misterio del asesinato de dos jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos, mientras intenta salvar su propia vida de personas fuertes que quieren silenciarla, ya que los hará temblar.

Este autor tiene otros libros muy interesantes, que sería bueno que todos los estudiantes de derecho lo lean, como lo son: Tiempo de matar, La apelación, El Jurado, y Causa Justa.

8.- Matar a un ruiseñor (1960). Harper Lee trata los temas de la injusticia racial y la destrucción de la inocencia, además, de la clase, coraje y compasión, y de roles de género en el Deep South estadounidense. 

9.- Demanda Infalible (1999). Scott Turow es otro autor del cual recomiendo la lectura de todos sus libros. En esta otra habla sobre el abogado Robbie Feaver, un especialista en hacer demandas por daños y perjuicios con fama de ganar la mayoría de los casos, cuando el fisco lo pone en su mira por todo el dinero que tiene en una cuenta sin declarar.

10.- Anatomía de un asesinato (1958). Esta obra escrita por Robert Traver, cuenta la historia de un hombre que mató a tiros al agresor de su esposa, por lo que fue detenido y acusado. Todos los involucrados en el proceso penal tienen un papel importante en el desarrollo, pero es el jurado el responsable de su destino, por lo que él hará todo lo posible para convencerlos de que es inocente.

11.- La teoría jurídico-política de Hans Kelsen (1881-1973). Más allá de su teoría pura del derecho, permeó profundamente el modo de concebir los elementos medulares del sistema jurídico y de la organización del Estado.

Si bien la Teoría pura del derecho fue su producción científica más notable, Kelsen fue un autor prolijo, que durante casi siete décadas se ocupó también de otros ámbitos distintos a la filosofía y la teoría del derecho, tales como la teoría del Derecho Público –sobre todo el Derecho Constitucional–, la teoría de las normas jurídicas, el Derecho Internacional Público, la teoría política, el diseño constitucional y la revisión judicial de constitucionalidad que ejerció como magistrado del tribunal que contribuyó a crear, así como otros campos menores a los que también dedicó parte de su obra, como la filosofía griega clásica.

Es un autor fundamental en cuanto a temas de Derecho se refiere, de hecho, por él, parte el Sistema Jurídico Escalonado, a través de la famosa Pirámide de Kelsen y cómo deben ir organizadas las Leyes en nuestro país, partiendo por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

No obstante, durante la formación de los profesionales del Derecho es un requisito sine qua non la lectura, y por ende la búsqueda constante de autores y leyes, con el fin de fortalecer conocimientos y por ende la experiencia profesional.

 



sábado, 5 de diciembre de 2020

Amir Nassar: Qué es la apelación y cuándo puede introducirse

 


Por Amir Nassar Tayupe

Tras la ejecución de un proceso judicial en el que un juez o tribunal dictó sentencia, se abre la posibilidad de introducir el recurso de apelación, que no es más que un medio de impugnación a través del cual se busca que un tribunal de jerarquía mayor solucione conforme a Derecho la resolución del inferior.

La decisión de un órgano jurisdiccional puede ser revisada por uno superior, es decir, que la sentencia emitida por un juez o tribunal puede ser apelada por alguna de las partes implicadas, debido a que no esté de acuerdo con la decisión.

A través de este recurso se recurre a un órgano jurisdiccional superior para que revise la sentencia, y si este estima que tiene defectos, pueda ser corregida inmediatamente.

Vale destacar, que la sentencia definitivamente firme es la única contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interponen recurso impugnatorio. Está amparada por el principio de cosa juzgada.

Por otra parte, la apelación puede distinguirse del recurso de alzada, ya que este último es el equivalente de la apelación en el orden administrativo. Con respecto al recurso de casación, se diferencia porque este conoce un tribunal superior, habitualmente el Tribunal Supremo de Justicia, y es más limitado que el de apelación.

Asimismo, el recurso de queja, reforma o reposición, se diferencia ya que este se interpone ante el mismo órgano jurisdiccional que dictó la resolución recurrida, generalmente, su uso se limita la revisión de ciertos autos, teniendo utilidad en casos especiales en los que la sentencia en primera instancia la dicta el órgano superior jerárquicamente.

Pero el recurso más común con el que suele confundirse la apelación, es con el amparo, sin embargo, este se distingue porque debe interponerse ante un tribunal superior, habitualmente un Tribunal Supremo, o ante un Tribunal Constitucional, por la vulneración de derechos fundamentales.

¿Cuál es el lapso para apelar?

De acuerdo con lo establecido en el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, establece como regla general el término de 5 días para intentar la apelación, debiéndose entender aquí esta expresión como un lapso, puesto que la parte puede apelar en uno cualquiera de los días que se concede para apelación.

En este aspecto se debe tener en cuenta que en materia legal los lapsos y términos son muy importantes y para un proceso de apelación no es la excepción, así que se debe tener en cuenta el tiempo, pues una vez expirado el lapso, no hay oportunidad. 

 



jueves, 3 de diciembre de 2020

Amir Nassar: La sentencia y sus clasificaciones


Por Amir Nassar Tayupe

Durante la ejecución de un proceso judicial, se deben llevar a cabo una serie de fases entre las cuales destaca la realización del juicio o Fase de Juicio; momento en el cual un juez o tribunal debe dar una decisión o fallo, con respecto al caso presentado, luego de haber evaluado las pruebas presentadas por la parte acusadora, y también haber escuchado los argumentos de la defensa, a esto se le llama sentencia.

La sentencia declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla. En derecho penal, la sentencia absuelve o condena al acusado, imponiéndole en este último caso la pena correspondiente.

Las sentencias pueden ser clasificadas de la siguiente manera: 

Sentencia constitutiva (proceso civil): Las que crean, modifican o extinguen una relación judicial.

Ø  Por la presencia/ausencia del demandado:

1.    Sentencia contradictoria: Cuando el demandado está presente en la causa.

2.    En rebeldía: Cuando la sentencia se dicta sin la presencia del demandado.

Ø  Por la posibilidad de impugnación:

1.    Sentencia firme: Aquella contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio. Está amparada por el principio de cosa juzgada.

2.    Sentencia no firme o recurrible: Es aquella contra la que se pueden interponer recursos.

Ø  Por el grado de jurisdicción:

1.    Sentencia en primera instancia: La que devienen de los órganos de primera instancia, por su competencia y jurisdicción.

2.    Sentencia en apelación: Cuando se recurre, bien sea al mismo órgano o al inmediatamente superior (Audiencia Provincial).

3.    Sentencia en casación: Es aquella que se emite por el Tribunal Supremo pretendiendo casar la causa.

Ø  Por la forma:

1.    Sentencia escrita: La que se redacta por escrito y de esa manera se da a conocer a las partes.

2.  Sentencia oral: La que se expone oralmente ante las partes involucradas, quienes quedan notificadas en ese mismo acto.

Para que la sentencia sea completamente legal debe reunir los requisitos de tiempo, lugar y forma; además, debe ser dictada en un periodo de tiempo apto para la realización de los actos del juez o tribunal. La fijación de este plazo varía según el procedimiento de que se trate.

Es importante resaltar que, las únicas sentencias que no se pueden apelar son aquellas definitivamente firmes, en virtud que ya se ha recurrido a la última instancia judicial para conocer el caso.

 


 

martes, 1 de diciembre de 2020

Amir Nassar: Qué es un Poder legal y cómo se puede otorgar uno

 


Por Amir Nassar Tayupe

Actualmente, muchos son los venezolanos que han salido del país dejando algunos trámites legales pendientes, así como bienes que luego necesitarán vender o realizar cualquier otro negocio, y como bien es sabido, desde el extranjero no podrán hacerlo.

Para esto es necesario que otorgue un poder especial, que se trata de un documento mediante el cual se autoriza a otra persona, bien sea un familiar o alguien de entera confianza, para que  realice, por cuenta y riesgo de la primera, la gestión de ciertas actividades, procesos, negocios y/o trámites, que generalmente se trata de actos jurídicos.

En este sentido, quien otorga el poder se le llama poderdante y quien lo acepta o recibe apoderado. Si el poder que se confiere comprende uno o más negocios especialmente determinados, se denomina especial; si el poder se otorga para todos los negocios del mandante, se denomina general, y lo será igual general si se da para todos los negocios con algunas excepciones.

Para elaborar un poder, el interesado o poderdante, deberá hacer un documento donde se exprese lo siguiente:

•        La identificación (nombre y cédula) de las personas que realizan el poder, esto es poderdante (quien lo otorga), apoderado (quien recibe y acepta la autorización o representación).

•        Facultades que se le otorga (la o las actividades, procesos, trámites, gestiones o negocios que va a realizar) ejemplo: cobros, pagos, administración de bienes. 

•        Fecha en la cual se otorga.

•        Se recomienda consignar en el documento, la advertencia de que el mismo se entenderá vigente mientras no sea revocado expresamente por quien lo otorga o cuando se presenten las causales que la ley establece para su terminación.

Una vez que se realice el documento, el otorgante debe acudir ante la notaría más cercana a su municipio, con el fin de elevarlo a escritura pública, es decir, convertirlo en un documento en el que se hace constar ante un notario público un determinado hecho o un derecho.

Para emitir y registrar un Poder usted deberá:

Ø  Si se encuentra en Venezuela

 

ü  Contacte un profesional del Derecho de su confianza para que le redacte el documento poder de acuerdo a sus necesidades.

ü  Diríjase a la Notaría Pública más cercana, a la sección de Visto Bueno (abogado revisor) para conformidad de los documentos.

ü  Le entregarán una planilla de pago con el arancel correspondiente al pago del trámite a realizar, a la cual deberá sacarle cuatro copias y dirigirse a cualquier entidad bancaria facilitadas por la Notaría.

ü  Luego diríjase a la taquilla de presentación, presente el documento para su otorgamiento.

ü  Asista el día que le indiquen a realizar la firma ante el Notario Público

 

Ø  Si se encuentra en el exterior

ü  Contacte un profesional del Derecho de su confianza para que le redacte el documento poder de acuerdo a sus necesidades. (Preferiblemente que ejerza en Venezuela y conozca la Legislación del país)

ü  Diríjase al Consulado de Venezuela en el país donde usted se encuentre, o consulte su página web para verificar requisitos y procedimiento para el otorgamiento y registro que varía de acuerdo al país.

ü  Puede requerir solicitar cita previa vía correo electrónico o a través del portal web del consulado del país de residencia.

Es importante saber que cuando decide otorgar un poder sea especial o general, debe:

·         Evaluar en quien está dejando esa oportunidad, todo ello debido a que así como sirve para ceder derechos, también se pueden adquirir responsabilidades.

·         Analice la vigencia que tendrá el poder y las clausulas para revocarlo –de ser necesario-

·         Si no es de su confianza la persona, tenga cuidado de los derecho que otorga, actuará en su nombre

·         Busque asesoría legal.

Planifique muy bien todo lo referente a sus deberes y obligaciones antes de viajar, si puede dejar todo solucionado, será mucho mejor. 


 


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