Por Amir Nassar Tayupe
En algún momento de la vida todos tendremos la necesidad de hacer un contrato, bien sea con una persona natural o jurídica, por lo que es necesario conocer algunos aspectos importantes para evitar tener problemas legales referentes a dicho documento, pues al proceder con la firma, no hay vuelta atrás.
De
acuerdo al Código Civil venezolano
vigente, en su artículo 1133, establece que un Contrato no es más que “Una
convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir,
modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico”. En términos generales
es un acuerdo legal, que debe
constar en actas y donde se establecen una relación de derechos y obligaciones
relativos para un determinado fin, válido para las partes contratantes.
A
través del contrato se producen
efectos obligatorios para todas las partes, el cual se perfecciona con la
entrega de la cosa, pues pueden ser a título oneroso (entregar algo a cambio de
dinero o bien) o a título gratuito o donación.
¿Cuáles son las condiciones requeridas para que exista un contrato?
Artículo
1.141 ejusdem, para que legalmente un contrato tenga efecto debe cumplir con:
1.-
El consentimiento de las partes.
2.-
Objeto que pueda ser materia de contrato.
3.-
Sea causa lícita.
Esto
no es más que, las partes voluntariamente deben estar de acuerdo, la cosa tiene que ser propiedad de una de las partes y por
supuesto debe ser legar –no se puede hacer un contrato compra / venta de armas
de guerra, es ilícito.
¿Cuándo se puede anular un contrato?
Nuevamente
se cita el Código Civil venezolano,
en el artículo 1.142, expresa los dos modos de proceder para anular el
contrato:
1.-
Por incapacidad legal de las partes o una de ellas.
2.-
Por vicios de consentimiento.
Tipos de Contratos:
1.
PRELIMINARES.
a)
Promesa.
2.
TRANSLATIVOS DE DOMINIO.
a)
Compra – venta.
b)
Permuta.
c)
Donación.
d)
Mutuo.
3.
TRANSLATIVOS DE USO Y GOCE.
a)
Arrendamiento.
b)
Subarrendamiento.
c)
Comodato.
d)
Depósito.
e)
Mandato.
4.
PERSIGUEN UN FIN COMÚN.
a)
Asociación civil.
b)
Sociedad civil
c)
Aparcería de ganado.
d)
Aparcería agrícola o rural.
5.
DE GARANTÍA O ACCESORIO.
a)
Fianza.
b)
Prenda.
c)
Hipoteca.
6.
ALEATORIO.
a)
Renta vitalicia.
b)
Juego y apuesta.
c)
La compra de la esperanza.
El
perfeccionamiento del contrato se da con la entrega de la cosa juzgada (ceder
los derechos del bien o servicio).
¿Qué hacer antes de firmar un contrato?
Siempre
se ha escuchado aquella frase de “leer las letras pequeñas de los documentos” y
es una realidad, pero en general siempre se debe leer todo el contrato
–recuerde que una vez firmado, ha aceptado legalmente todos los términos y condiciones- entonces tenga
en cuenta lo siguiente:
Revise
detenidamente los datos personales, que no presenten ningún error, por muy
mínimo que sea, es determinante y luego traerá consecuencias. Recuerde que la identidad es única.
El documento del contrato debe incluir todos los aspectos esenciales: datos de las
partes contratantes y de la cosa, así como sus características.
Las
letras pequeñas: las fechas, los términos y los derechos que adquiere o cede.
Duración.
Prorrogas.
Clausulas.
Método
de Pago. Determine los términos del pago y si es apropiado a su situación
financiera.
Precios.
El acuerdo debe indicar claramente
los precios. Sea cuidadoso de los cargos adicionales que no haya discutido con
la otra parte.
Problemas
Anticipados. La parte con la que usted está contratando pudo haber tenido
experiencias anteriores que lo llevaron a añadir al contrato, métodos
particulares de resolución. Analice los métodos cuidadosamente porque los
términos podrían ser injustos para una de las partes y beneficiosos para la
otra parte.
No
confié en las promesas verbales. Si el vendedor hace una promesa verbal, asegúrese
de que el contrato escrito indica la promesa. Si hay una disputa sobre un
contrato escrito o promesa verbal, el contrato escrito prevalece.
Nunca
firme un contrato en blanco. Nunca firme un contrato donde se pueda añadir algo
después. Una vez firmado, es difícil probar después que el papel estaba en
blanco cuando se firmó. No firmaría un cheque en blanco, así que no firme un
contrato en blanco. Tache cualquier cláusula en un contrato que no se aplique o
que no esté de acuerdo con usted. Si usted firma
con estas cláusulas en el contrato, usted es responsable de ellas.
Firma
electrónica. Muchas compras con contratos ahora le requieren proporcionar una
firma electrónica. Al firmar electrónicamente usted está poniendo de acuerdo
con los términos del contrato. Antes de proporcionar una firma electrónica,
asegúrese de estar de acuerdo con el contrato. Si es difícil leer el contrato en la plataforma electrónica,
pide una copia escrita del mismo.
Lea
antes de firmar. Lea el contrato por completo, incluso la letra pequeña, antes
de firmar. Después de firmar, si usted no cumple su parte del trato, la otra
parte en el contrato puede tomar medidas contra usted. Asegúrese de entender
todo el contrato.
Muchos
contratos contienen cláusulas que especifican cómo se hacen cumplir las cosas.
Se puede incluir una cláusula de arbitraje que indique cómo se manejan las
disputas del contrato. Recuerde, al firmar el contrato usted está de acuerdo
con todo lo indicado en él.
Tips importantes:
Los
contratos son acuerdos que son jurídicamente vinculante para todas las partes
en el acuerdo. Asegúrese de entender el contrato. Contratos con términos complicados se pueden utilizar
por vendedores astutos.
Busque
asesoramiento legal o de otro tipo si no entiende alguna parte del contrato.
Muchos contratos tienen disposiciones, a menudo en la letra pequeña, que
indiquen representaciones aparte de los contenidos en el contrato mismo, que no
se reconocen.
Tenga
cuidado con las “garantías”. Las garantías, a menos que sean específicas, pueden
ser inútiles.
Asegúrese
de que el contrato cubra específicamente todo lo que usted quiere y que está de
acuerdo con el precio. Lea cada
línea antes de firmar. Esto incluye la letra pequeña. Tome su tiempo.
Asegúrese
de que el contrato realmente es lo que usted quiere. Es aceptable cambiar de
opinión antes de firmar o aceptar un contrato.
Asegúrese
de obtener una copia del contrato una vez firmado y guárdelo. Es posible que lo
necesite después como referencia, o para presentar una queja si usted tiene un
problema.
Todo
contrato origina efectos jurídicos, es decir, obligaciones exigibles, de modo
que a aquella relación de sujetos que no derive en efectos jurídicos, no se le
puede atribuir cualidad contractual (responsabilidad), y ante esto se cita el artículo
2 del Código Civil venezolano “la
ignorancia de la Ley, no excusa de su cumplimiento”.
Finalmente,
es recomendable tener una asesoría con abogados, siempre que vayas a hacer un
contrato con cualquier persona, aunque sea un miembro de tu familia, ya que es
determinante que ambas partes estén en total conocimiento de los términos, condiciones y consecuencias del mismo antes de llegar
al acuerdo y firmar el documento.
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